La Ley de la Segunda Oportunidad en España: ¿realmente es una ‘segunda oportunidad’?

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad (incluida en el Texto Refundido de la Ley Concursal, reformada en 2022) es un mecanismo legal que permite a personas físicas —consumidores y autónomos— cancelar deudas que no pueden pagar mediante la llamada exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).

La idea es sencilla: si has llegado a la insolvencia, puedes solicitar al juez un “borrón y cuenta nueva” que te libere de las deudas y te permita volver a empezar.

¿Quién puede acogerse?

  • Personas físicas (no solo empresas).

  • Que estén en insolvencia actual o inminente.

  • Que actúen de buena fe (no ocultar bienes, no tener condenas por delitos económicos, etc.).

Existen dos vías principales:

  1. Exoneración tras liquidación de bienes (si los hay).

  2. Exoneración con plan de pagos, que permite conservar activos a cambio de cumplir un calendario aprobado por el juez.

En la práctica, más del 90% de los casos recientes son concursos sin masa: personas sin patrimonio a liquidar.

¿Qué pasa después de la exoneración?

Aquí empieza la contradicción. Sobre el papel, las deudas quedan borradas. Pero en la realidad, el sistema no ofrece ningún recurso de reinserción financiera.

  • No hay programas estatales de apoyo económico.

  • No existe una tutela fiscal que te ayude a reorganizarte.

  • Ni siquiera hay orientación para autónomos que quieren volver a intentarlo.

Al contrario: el propio Estado es quien se convierte en el nuevo acreedor.

Mi experiencia: del respiro a la asfixia

En septiembre de 2024 recibí la exoneración de mis deudas. Fue un alivio: me quitaba de encima años de carga financiera y me daba la esperanza de recomenzar.

Aún así, como estaba dado de alta como autónomo y no estaba facturando más que para comer, se me empezaron a acumular varias cuotas de la Seguridad Social y los pagos trimestrales de IRPF (T2 y T3 de 2024).

No pude sostenerlo y ese mismo mes, septiembre de 2024, me di de baja como autónomo, dejando esas deudas pendientes.

Hoy, menos de un año después de la exoneración, vuelvo a estar endeudado. Pero esta vez no con bancos o financieras, sino con papá Gobierno, que ha comenzado a embargar mi nómina y mi cuenta bancaria, incluso saltándose derechos básicos como el mínimo inembargable.

El precio de la exoneración: mi embargo

Cuando el Banco Sabadell y la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) decidieron embargarme, lo hicieron de manera ilegal e inconstitucional. No solo se trataba de bloquear dinero: se trataba de pisotear derechos básicos reconocidos por la ley.

¿Qué derechos se violaron?

  1. Artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC): establece que el salario, sueldo o pensión es inembargable hasta el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
    👉 En mi caso, el embargo fue del 100% del ingreso, dejándome literalmente sin un euro para comer.

  2. Artículo 171.3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS): obliga a respetar el mínimo inembargable en embargos por deudas con la Seguridad Social.
    👉 La TGSS ignoró esta obligación y ordenó al banco congelar todo el saldo.

  3. Artículo 1 de la Constitución Española: consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad como fundamentos del orden político.
    👉 Al dejarme sin recursos vitales, se vulneró mi derecho básico a la subsistencia.

  4. Artículo 33 de la Constitución Española: reconoce el derecho a la propiedad privada con su función social.
    👉 Embargar toda la cuenta sin dejar mínimo vital no cumple ninguna función social, solo es una condena a la pobreza.

El papel del banco

El Banco Sabadell fue colaborador necesario. En lugar de aplicar la protección legal, ejecutó la orden de embargo a rajatabla, incluso cuando existían mecanismos internos para retener solo la parte legalmente embargable. La excusa: “nosotros cumplimos órdenes”. La realidad: violaron mis derechos como cliente y como ciudadano.

¿Qué significa esto en la práctica?

Que después de haber sido exonerado judicialmente de mis deudas en septiembre de 2024, el propio Estado y mi banco me empujaron de nuevo al abismo financiero, usando herramientas que la ley prohíbe cuando se trata de dejar a una persona sin lo mínimo para vivir.

Los datos: un fenómeno en auge

No soy el único.

Las cifras oficiales muestran que la Segunda Oportunidad se ha disparado en España:

  • 20.579 concursos de personas físicas en 2022.

  • 36.996 en 2023 (+80% respecto al año anterior).

  • 2024 ha sido aún más brutal:

    • +52% en el 1T (personas físicas no empresarias).

    • +38% en el 2T.

    • +185% en el 3T (personas físicas y autónomos juntos).

Y, según el Observatorio de Insolvencia del ICAB, el importe medio exonerado ronda los 50.000 € por persona, con perfiles claros:

  • Edad media: 48 años.

  • Mayoría de asalariados o autónomos precarios.

  • Ingresos medios: poco más de 1.000 € al mes.

Miles de personas como yo reciben la exoneración… pero sin recursos para sostenerla.

¿De verdad es una ‘segunda oportunidad’?

La ley es un avance jurídico: reconoce que nadie debería ser prisionero de sus deudas para siempre. Pero mientras no exista una política pública de reinserción financiera, la realidad es que no es una verdadera segunda oportunidad.

Lo que tenemos es:

  • Una exoneración judicial que limpia deudas privadas.

  • Un Estado que, acto seguido, te asfixia con cuotas inflexibles y embargos desproporcionados.

  • Cero programas de apoyo para evitar que vuelvas a caer en el mismo agujero.

En mi caso, lo que debería haber sido una segunda vida se convirtió en un círculo vicioso.

Y como yo, miles más.

Conclusión

La Ley de la Segunda Oportunidad en España es un buen comienzo, pero incompleto.

No basta con borrar las deudas: hay que crear mecanismos para que las personas puedan rehacerse, no solo respirar por un año.

Hasta que eso ocurra, seguiremos llamando “Segunda Oportunidad” a lo que en realidad es un paréntesis entre dos deudas.

Mi agradecimiento y recomendación

Si estás pensando en acogerte a la Segunda Oportunidad, te recomiendo ciegamente a mis abogados: Reclama Tu Préstamo.

Ellos me acompañaron en todo el proceso y gracias a su profesionalidad conseguí la exoneración.

Su equipo entiende a la perfección cómo funciona la ley y sabe defender tus derechos frente a bancos, financieras y administraciones públicas.

¡GRACIAS!

Marco Aguirre Cobos

Soy un profesional en marketing digital, paid media y estrategia de crecimiento (hacking growth), con experiencia en start-ups, agencias creativas y empresas tecnológicas. He liderado campañas en Meta Ads (Facebook e Instagram), Google Ads, programmatic, y plataformas de contenido; optimizando ROAS, CPA y LTV mediante automatización y análisis de datos. Tengo amplia experiencia en SEO, SEM, analítica avanzada y desarrollo web, impulsando la adquisición y conversión de usuarios. He trabajado en expansión de mercados (EMEA, APAC, LATAM y Norteamérica), optimización de productos digitales y cierre de acuerdos comerciales, combinando visión estratégica y ejecución táctica para lograr crecimiento sostenible.

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